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APOM denuncia despidos injustificados en la Autoridad Marítima de Panamá

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Nuestra Asociación expresa su más profunda protesta por los despidos que se han dado dentro de la Autoridad Marítima de Panamá donde no se han dado causas justificadas y en donde solo se detallan fundamentos legales de discrecionalidad.

En el reciente pasado, se dieron casos de escándalos donde la incapacidad, inexperiencia e inadecuada verificación de documentos, dieron pie a hechos lamentables, donde se expidieron licencias de navegación a personas alrededor del mundo, sin contar con la certificación e idoneidad debida. Estas cosas solo pasan cuando no existen personas con experiencia y que hayan demostrado profesionalismo y honestidad.

En la actualidad, donde el mismo Director de Marina Mercante ha manifestado que el Registro Panameño de Buques ha estado perdiendo espacio dentro del contexto de competitividad con otros registros y que, estamos próximos de perder nuestra hegemonía, no entendemos como nos deshacemos de personal con experiencia el cual es clave en velar por un buen y responsable servicio.

Nuestra Asociación históricamente ha efectuado esfuerzos en la colocación de la oficialidad panameña que hoy cuenta con mil ochocientos diez y seis (1,816) oficiales registrados y con licencias activas dentro de la Dirección General de la Gente de Mar. También, en la procura de mantener nuestro registro y certificaciones libres de actuares irregulares, entendemos que, mantener un Registro sano, como también contar con personas certificadas que hagan respetar el Convenio Internacional de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar , es lo que se necesita para garantizar, de forma efectiva, las posiciones y credibilidad de siete mil setecientos una (7,701) gentes de mar panameños que trabajan bajo nuestro registro.

No entendemos como el Señor Administrador se deshace de personal clave para la institución ni tampoco conocemos que se hará para sustituir esa experiencia perdida, que de seguro aprovechará la empresa privada.

El Capítulo XII, Disposiciones Administrativas y de Gestión en su Artículo 153. Dice en parte… La Autoridad Marítima de Panamá, en ejercicio de su autonomía, podrá establecer con independencia su organigrama y estructura de direcciones y departamentos, así como escoger, nombrar, trasladar de categoría o cargo, destituir a su personal y fijar su remuneración con absoluta independencia, de conformidad con su modelo de gestión por competencias, reglamento interno de administración de Recursos Humanos y el Manual Institucional de Clases Ocupacionales… Los funcionarios técnicos y administrativos de la Autoridad Marítima de Panamá tendrán estabilidad en sus cargos y no podrán ser destituidos, salvo que se compruebe una falta grave al Reglamento Interno de Administración de Recursos Humanos, dentro del marco de lo establecido en la Ley de Carrera Administrativa.

La carrera administrativa, la cual ha sido impuesta por gobiernos y luego derogada por otros, no está implementada en la actualidad dentro de la Autoridad Marítima y tampoco entendemos como se aplica solo una parte de lo que establece dicho artículo 153… “dentro del marco de lo establecido en la Ley de Carrera Administrativa” sin aplicar el resto del mismo artículo que dice… “y no podrán ser destituidos, salvo que se compruebe una falta grave al Reglamento Interno de Administración de Recursos Humanos”, máxime cuando la Carrera Administrativa NO EXISTE!

Ante lo expresado con anterioridad, no podemos más que reprochar los hechos, defender a nuestros agremiados y colegas y solicitar una revisión y reconsideración de lo actuado.

Dado en Panamá ante las oficinas principales de la Autoridad Marítima de Panamá el día 23 de agosto de 2022.